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¡Llega a Parque Central Cazadores de sorpresas tecnologicas!
Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá el evento: ¡CAZA SORPRESAS 2.0! En Parque Central.
Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para participantes y organizadores. Se entenderá que todo participante, al decidir participar del evento, conoce y acepta las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento. La participación en el evento implica la decisión del participante de obligarse por estas reglas en todos los asuntos relacionados al evento. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para la realización del evento implicará la inmediata exclusión de este y/o la revocación de los premios.
Artículo 1: De los Realizadores:
CENTRO COMERCIAL PARQUE CENTRAL, únicos organizadores del evento. Como tal, serán los únicos responsables del mismo. Para efectos del reglamento, se podrá denominar indistintamente como “Organizador”.
Artículo 2. El objeto del evento:
Incrementar el flujo de caja y las ventas de los productos vendidos en todos los establecimientos comerciales ubicados en el Centro Comercial Parque Central, así como también, el numero de suscriptores en la plataforma de nuestro aliado comercial Blumer
Sólo podrán participar en la actividad de forma abierta y gratuita todos los clientes que cumplan con los requisitos de la mecánica promocional, indicada en el artículo.
En ninguna circunstancia se aceptará la participación de menores de edad. Todas las personas interesadas en participar deberán poseer un documento de identidad válido y al día, para colombianos cédula amarilla con hologramas y para los extranjeros pasaporte y/o cédula de extranjería, el cual deberá presentarse si es acreedor de alguno de los accesos para participar.
No podrán participar: Empleados de la administración de Parque Central, empleados de la vicepresidencia inmobiliaria de Parque Central, empleados de las marcas del centro comercial, empleados del parqueadero, aseo y vigilancia, propietarios, empleados de stands ubicados en las zonas comunes, los proveedores y contratistas de mercadeo, publicidad, y personal operativo del Centro Comercial, propietarios de locales comerciales, arrendatarios de locales comerciales ni el grupo familiar primario (padres, hijos y esposos), ni hermanos de todos los anteriores, personas que tengan injerencia en la realización del evento. De igual forma, si se comprueba que al momento del registro un(a) ganador(a) no reportó una inhabilidad existente de acuerdo con este documento, se anulará el sorteo y se realizará nuevamente.
Bajo ninguna circunstancia podrán registrar facturas relacionadas con su labor domiciliarios y mayoristas para participar en el sorteo.
Artículo 4: Fechas:
El evento se regirá por los siguientes plazos:
REGISTRO: El registro de los participantes será válido del 01 de JULIO al 30 de AGOSTO de 2023.
INGRESO AL CONCURSO: El ingreso a CAZA SORPRESAS TECNOLÓGICAS se regirá por los siguientes plazos:
El día de elección será el MIERCOLES 30 de agosto de 2023 a las 4:00 p.m. Luego de realizar cada uno de los pasos identificados en esta pagina, se registran a los concursantes en un software y este asignará de manera aleatoria a los 30 participantes del concurso, posterior a ello se les notificará para el día jueves 31 de agosto a las 10 am para el concurso
Artículo 5: Del sistema (o mecánica):
Caza sorpresas= Los usuarios del centro comercial Parque Central, que realicen sus compras superiores a $80.000 podrán registrar sus compras y ser uno de los 30 ganadores, los cuales serán escogidos a través de un sorteo. Posteriormente, estos 30 ganadores, se acercaran hasta las instalaciones del centro comercial en la ciudad de Barranquilla, y escogerán un código QR de los 30 que estarán distribuidos en diferentes zonas del centro comercial, detrás de ello estará el premio.
Artículo 6: Evento:
El evento será administrado y controlado por Parque Central.
El mecanismo para la elección de los ganadores será por medio de un software de manera aleatoria. El 30 de agosto, a través de una transmisión en vivo se elegirán los jugadores
Artículo 7: Premio y reclamo:
Los premios deben ser reclamados ÚNICAMENTE por la persona que fue declarada ganadora. El participante denominado como ganador, en caso de ser nacional, debe presentar la cédula de ciudadanía amarilla de hologramas y en caso de ser extranjero, documentos de identificación al día.
Los premios serán entregados de manera inmediata en los sitios establecidos en el centro comercial Parque Central. No obstante lo anterior, se le hará entrega de un acta que donde se confirme el recibido de dicho premio inmediato, además de un acta juramentada donde demuestre que no tiene relación alguna como empleado directo, indirecto o proveedor actualmente contratado con el Centro Comercial Parque Central.
Las personas deben reclamar sus premios el mismo día en el cual participó en el concurso o el mismo día en el cual escaneó el código en algún espacio del centro comercial Parque Central. Si el participante NO reclama el premio el mismo día en
el que resulte ganador, tendrá un plazo máximo de 7 días hábiles para reclamarlo en las oficinas de administración del centro comercial.
En caso de que los ganadores no reclamen los premios en el tiempo estipulado, el
El centro comercial se reserva el derecho a volver a sortear hasta que quede en poder de alguno de los clientes participantes.
Una vez se entregue el premio, el Centro Comercial Parque Central no se responsabiliza de la pérdida, extravío, bloqueo o reposición o tratamiento del mismo.
Los términos y condiciones de los premios de las marcas, se rigen de acuerdo con las políticas de cada una de las marcas participantes en la actividad, el centro comercial Parque Central no se responsabiliza de la pérdida, extravío, bloqueo, reposición o tratamiento de dichas políticas de descuentos y redención de los bonos de las marcas.
Artículo 8: Descalificación:
Si en cualquier momento, sea antes, durante o con posterioridad a este evento, se descubre que el ganador incumple con este reglamento, los organizadores podrán descalificar y negarse a entregarle su premio. Si éste ya fue entregado, podrán exigir su devolución por las vías de Ley.
Artículo 9: Responsabilidad y restricciones:
a. La participación de los interesados, así como el propio evento y el premio, están
sujetos a las condiciones y restricciones que se indican en este reglamento.
b. Cualquier asunto que se presente con el evento y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será resuelto por el organizador, en estricto apego a las
leyes de la República.
c. La responsabilidad de Parque Central culmina con la entrega de los premios.
d. El ganador releva de toda responsabilidad a Parque Central sobre las personas o las cosas, que se pudiesen ocasionar con el uso del premio, ya sea por su uso o de terceras personas.
e. No se admiten cambio del premio por dinero, valores o cualquier otro producto
material. Si el ganador no acepta el premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al ganador y no tendrá derecho a
reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
f. El ganador deberá firmar el acta de entrega conforme el recibo de su premio,
aceptando las limitaciones y condiciones que el premio represente y de tal forma
liberará a Viva de toda responsabilidad.
g. El derecho del premio no es transferible, negociable ni puede ser comerciado o
canjeado por dinero en efectivo. El premio es entregado únicamente a la persona
ganadora.
Artículo 10: Derechos de imagen:
PARQUE CENTRAL me informa que en caso de que se requiera mi imagen personal para el desarrollo del presente concurso, se me solicitará la respectiva autorización, previa, expresa e informada para su tratamiento. (Se entenderá por “Imagen”, el nombre, seudónimo, voz, firma, iniciales, figura, fisonomía total o parcial del cuerpo y/o cualquier símbolo que se relacione con mi identidad).
Artículo 10: HABEAS DATA:
CENTRO COMERCIAL PARQUE CENTRAL. informa que los datos personales recolectados serán tratados para las siguientes finalidades: (i) Realizar la Actividad promocional indicado; (ii) Cumplir con las obligaciones relacionadas con la realización de la Actividad; (iii) Comunicar al público los resultados de la Actividad, sea a través de los medios de comunicación impresos o virtuales, que se definan según cada Actividad; (iv) Mantener de forma periódica contacto comercial con los participantes de la Actividad; (v) Remitir información publicitaria sobre bienes, servicios, actividades, sean estos propios y/o de socios de negocios; (vi) transmitirlo a los terceros necesarios para que estos en su calidad de Encargados del Tratamiento, desplieguen las actividades necesarias y pertinentes para la entrega efectiva de los premios; (vii) Consultar, reportar y tratar la información personal en centrales de riesgo crediticio en el marco del cumplimiento de la ley 1266 de 2008. El tratamiento de datos personales por parte de esta empresa se realizará en cumplimiento del marco establecido sobre la materia al interior de la misma para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y normas reglamentarias. Esta empresa presume que la información personal suministrada es veraz y ha sido entregada por el titular de esta y/o su representante o persona autorizada. Los datos personales serán gestionados de forma segura y algunos tratamientos podrán ser realizados de manera directa o a través de encargados, quienes podrán estar domiciliados dentro o fuera del territorio colombiano, en países como puede ser Estados Unidos, establecidos en Europa u otros países.
La política de tratamiento de datos del CENTRO COMERCIAL PARQUE CENTRAL. puede ser consultada en https://parquecentral.net/politica-privacidad/ , en la cual se incluyen los procedimientos de consulta y reclamación que le permiten hacer efectivos – en cualquier momento- los derechos al acceso, conocimiento, consulta, rectificación, actualización y supresión de los datos, e igualmente el cliente podrá presentar Preguntas, Quejas o Reclamos (PQR ́s) referida a mis datos personales a través de los correos electrónicos administracion@parquecentral.net, o ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Artículo 11: Publicación:
Este Reglamento estará publicado en los puntos de Información y en la página web
de Parque Central para disposición de todo el público.